Cómo calcular la pensión de jubilación
Al hilo de un artículo anterior sobre cómo saber si tenemos derecho al 100% de nuestra base de cotización, una vez que sabemos cuál es el porcentaje al que tenemos derecho, lo que debemos saber es cómo se calcula la pensión que nos quedará finalmente; porque como decíamos en el mencionado artículo, hay tres cosas involucradas en nuestra jubilación:
1. Cuándo podemos jubilarnos; en qué fecha.
2. Cuál es el porcentaje que nos corresponde respecto de nuestra base reguladora.
3. Cuál es la pensión que finalmente nos va a quedar.
La respuesta a la primera pregunta la tenéis en este artículo, la respuesta a la segunda, en este otro. Y la respuesta a la tercera es lo que vamos a tratar de ver aquí…
BASE DE COTIZACIÓN
En primer lugar, si miramos una nómina, veremos que hay un concepto denominado «base de contingencias comunes» «que es la base de cotización que se va a utilizar en el proceso de cálculo de cara a la pensión de jubilación.
Por esta base de cotización se cubren situaciones «comunes» a los trabajadores (valga la redundancia). Estas situaciones se refieren a bajas médicas por enfermedad común o accidente no laboral, baja por embarazo, permisos de nacimiento, prestaciones por fallecimiento por causas no laborales, así como la jubilación. Esta base en algunas nóminas se denomina Base S.S.
La base contingencias profesionales cubren aquellas situaciones de bajas, etc. que hayan sucedido como consecuencia del trabajo; aunque no vamos a entrar a desarrollar este punto ya que no es objeto de este artículo. Esta base se puede denominar Base de contingencias profesionales, y también Base A.T. o Base A.T. y Desempleo.
PROCESO DE CÁLCULO
Daremos por hecho que todos tendremos, al menos, 25 años cotizados cuando vayamos a jubilarnos, de manera que no abordaremos casos en los que no se alcance ese supuesto.
La Seguridad Social, en términos generales (porque puede haber varios matices) hace el siguiente cálculo:
1. Se suman las bases de contingencias comunes de los últimos 25 años, es decir, de los últimos 300 meses (contando los años que te descuentan hasta la edad de jubilación obligatoria). Las bases de los primeros 24 meses se utilizan conforme están, sin embargo, las bases siguientes se actualizarán conforme a la evolución del IPC.
2. El resultado se divide por 350
3. Se le aplica el IRPF que corresponda, según el tramo anual.
PORCENTAJES DE IRPF APLICABLES
- En pensiones de menos de 12.000€ al año la retención es inferior al 1%.
- Entre 12.000€ y 18.000€ la retención es del 2,61%.
- De 18.001€ a 24.000€ la retención es del 8,69%.
- Entre 24.001€ y 30.000€ la retención es del 11,83%.
- En pensiones de más de 30.000€ anuales la retención es del 15,59%.
VEAMOS UN EJEMPLO…
Imaginemos que un bombero se jubila a los 60 con derecho al 100% de su base reguladora.
Antes que nada hemos de tener en cuenta el artículo 4 del RD 383/2008: Consideración como cotizado del tiempo de reducción. El período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador, de acuerdo con lo establecido en los artículos anteriores, se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el porcentaje aplicable a la correspondiente base reguladora para calcular el importe de la pensión de jubilación.
La suma de las últimas 300 bases de cotización (24 directas y 276 actualizadas al IPC), divididas por 350 nos da una base reguladora de 2000€ mensuales brutos, es decir, 28000€ brutos anuales.
Como su jubilación obligatoria sería a los 65, hemos tenido en cuenta los 5 años reducidos, que aunque no cuentan como tiempo trabajado como bombero, sí cuentan como tiempo cotizado a efectos del cálculo de la pensión. Es decir, los 300 meses empiezan en los 65 años, no en los 60, así que abarcarán 240 meses anteriores a los 60 años más 60 meses entre los 60 y los 65 años tomando como base las cotizaciones a fecha de jubilación.
¿Cuánto le va a quedar de pensión?
Como se encuentra en el tramo entre los 24001 y los 30.000€ brutos anuales, la retención aplicable es del 11,83%.
Por tanto, si le restamos ese 11,83%; que son 236,60€ mensuales, se quedaría un neto mensual de: 1.763,40€; en 14 pagas, es decir, un neto anual de 24.687,60€.
Sé que este es un cálculo bastante resumido, y que dejamos fuera algunos pormenores que influirían en el cálculo, pero a groso modo podemos ver cómo funciona este proceso.
Por último, si tienes el certificado digital, puedes entrar en la sede de la Seguridad Social y descargarte el informe de tus bases de cotización y podrás hacérte un cálculo aproximado de cuál podrá ser tu pensión neta cuando te puedas jubilar.
¡Por separado somos invisibles, juntos somos invencibles!