Whistleblowers. Alertadores de delitos (Pirómanos)

Los “alertadores” (whistleblowers en inglés) son aquellos ciudadanos o funcionarios que son testigos o conocedores de algún delito y lo pone en conocimiento de las autoridades pertinentes para que pongan en marcha las medidas policiales y judiciales oportunas. Entre estos delitos se encuentran aquellos perpetrados contra el medio ambiente, la propiedad privada o la vida de las personas. Cuestiones involucradas en nuestro trabajo.
Recientemente el Parlamento Europeo acaba de aprobar una resolución (399 votos a favor, 101 en contra y 166 abstenciones) que insta a las instituciones europeas al desarrollo de una ley de protección de estos alertadores, quedando ahora en manos de la Comisión Europea hacer una propuesta legislativa. Es decir, que contaremos con una ley de protección de los alertadores, los cuales comunicarán delitos relacionados con nuestro trabajo.
También se han hecho una recomendación a los estados para que faciliten la protección de estos ciudadanos que pudiera entrar en vigor antes de finales de año. En este sentido, dichas protecciones consistirían en: Mecanismos para facilitar el anonimato. Protección contra represalias. Medidas de apoyo, como asistencia financiera y legal, apoyo psicológico e indemnización por daños a denunciantes en procesos civiles; y organismos informadores nacionales independientes y facilitar la coordinación en casos transfronterizos.
Ahora te estarás preguntando ¿Qué tiene que ver esto con los bomberos?
En nuestro ámbito este tipo de alertas se puede referir a pirómanos involucrados con incendios forestales o de cualquier otro tipo con resultados fatales y que pudieran ser objeto de persecución judicial.
Pues bien, estoy convencido de que como no digamos nada, la Directiva Europea que vendrá, y las normas nacionales derivadas de ella, así como las medidas que se implementen antes de finales de año “No van a contar con nosotros para nada”.
Yo creo que los SPEIS podrían ser partícipes de estas medidas implementando esos mismos mecanismos que garanticen el anonimato de aquellas personas que decidan informarnos de delitos relacionados con nuestro trabajo, fundamentalmente incendios forestales e incendios urbanos, porque mucha gente va a pensar que los bomberos, como responsables de actuar en este tipo de emergencias, y autoridad en el ejercicio de sus funciones, son los funcionarios a quién deben informar en caso de ser conocedores de actos relacionados con este tipo de emergencias. Por lo que pienso que los servicios de bomberos también deberíamos implementar estos mecanismos de tratamiento de información para poder canalizarla correctamente a las autoridades judiciales pertinentes.
Ya que formamos o podemos formar parte de la cadena de transmisión de información, ya sea por cauces formales o informales creo que deberíamos pedir, ahora que estamos a tiempo, formar parte de los procedimientos de protección de dichos informadores y ser tenidos en cuenta en las normas y procedimientos, y en su caso, recibir la formación al respecto.