La jubilación de los bomberos. Conoce cómo funciona

La jubilación de los bomberos. Conoce cómo funciona

Hace tiempo que muchos compañeros me vienen planteado la duda sobre si es verdad o no que un bombero tiene como tope los 60 para jubilarse. Es decir, si sea cual sea tu antigüedad te jubilas como mucho a los 60, excepto si tienes 35 años cotizados “todos ellos de bombero” y te vas a los 59.

En resumen, las dudas que me han planteado y sus respuestas genéricas son las siguientes:

¿Puede que a alguien le toque quedarse pasados los 60?
¿Si he entrado antes de los 25 me jubilo en cuanto cumpla los 59? Sí; pero no siempre va a coincidir con tu cumpleaños
¿Me cuentan todos los años cotizados o sólo los de bombero? Ambas cosas son necesarias para poder determinar tu edad de jubilación anticipada
¿La mili me cuenta para mi jubilación? La mili sólo se tiene en cuenta en las jubilaciones anticipadas. La nuestra no es anticipada sino “ordinaria bonificada”

Estas respuestas son demasiado genéricas, y es necesario hacer un cálculo para cada caso siguiendo ciertas reglas que voy a tratar de explicar en este artículo.

Hemos de saber que la norma que regula la jubilación anticipada de los bomberos de las Administraciones Públicas es el Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.

Pero el proceso de cálculo no se deduce tan fácilmente desde ese Real Decreto, y desde que la edad de jubilación ordinaria cambió a partir de 2013 menos todavía. Así que tenemos que calcularlo cada uno de nosotros utilizando varios datos:

  • La fecha en que cumples 59 o 60
  • Los años totales cotizados en toda tu vida laboral hasta esa fecha
  • Los años completos cotizados como bombero en esa fecha
¿PARA QUÉ SE UTILIZAN LOS AÑOS TOTALES COTIZADOS?

Como he comentado, el Gobierno modificó los requisitos para jubilarse a los 65 años (años de cotización totales, no cómo bombero solo, sino todos), si no los cumples en el año en el que cumples 59 o 60, tu edad de jubilación no serán los 65 sino más.
En otras palabras, mirando esta tabla en el año en que cumples los 59 o los 60, y conociendo cuántos años totales llevarás cotizados en esa fecha, sabrás cuál es la edad de jubilación que te corresponde.

Resultado de imagen

¿PARA QUÉ SE UTILIZAN LOS AÑOS COTIZADOS COMO BOMBERO?

Una vez que sabes cuál es la edad de jubilación que te corresponde, tienes que restarle los días de bonificación por ser bombero, a razón de 0,2 por año completo como bombero (no cuentan las fracciones), y eso te dirá cuándo te jubilas.

Este coeficiente reductor se usa multiplicando 0,2 por los años completos de bombero y multiplicando el resultado por 365. Así obtenemos los días de bonificación que tenemos.

Si yo tengo 25 años completos de bombero cuando cumplo 60 años, haría la siguiente operación:

25 x 0.2 x 365 = 1.825 días de bonificación.

Esos días se los resto al periodo comprendido desde los 59 o los 60 años hasta la fecha de mi jubilación que me correspondería legalmente para saber en qué fecha me jubilo.

Si según la tabla me corresponde jubilarme a los 67, calculamos los días desde los 60 hasta los 67: 7 x 365 = 2.555

Por lo tanto, debería restarle mis días de bonificación a esos días, y sabría cuántos días tengo que quedarme pasados los 60 o los 59.

En este ejemplo: 2.555 – 1825 = 730 días debería quedarme trabajando.

730 son justamente 2 años, por lo que mi jubilación real serían los 62 


EJEMPLOS
AÑO EN QUE CUMPLES 60 AÑOS TOTALES COTIZADOS EN ESA FECHA AÑOS COMPLETOS COMO BOMBERO EN ESA FECHA
2024 38 26
EDAD DE JUBILACIÓN QUE TE CORRESPONDE SEGÚN LA TABLA DÍAS DE BONIFICACIÓN POR SER BOMBERO EDAD DE JUBILACIÓN REAL
65 26 x 0,2 = 5,2 x 365 = 1898 5 x 365 = 1825

1825 – 1898= días de bonificación suficientes

60 

AÑO EN QUE CUMPLES 60 AÑOS TOTALES COTIZADOS EN ESA FECHA AÑOS COMPLETOS COMO BOMBERO EN ESA FECHA
2020 36 26
EDAD DE JUBILACIÓN QUE TE CORRESPONDE SEGÚN LA TABLA DÍAS DE BONIFICACIÓN POR SER BOMBERO EDAD DE JUBILACIÓN REAL
65 y 10 meses 26 x 0,2 = 5,2 x 365 = 1.898 5 x 365 +300 = 2.125

2.125 – 1898 = 227

60, 7 meses y 17 días

AÑO EN QUE CUMPLES 60 AÑOS TOTALES COTIZADOS EN ESA FECHA AÑOS COMPLETOS COMO BOMBERO EN ESA FECHA
2028 36 25
EDAD DE JUBILACIÓN QUE TE CORRESPONDE SEGÚN LA TABLA DÍAS DE BONIFICACIÓN POR SER BOMBERO EDAD DE JUBILACIÓN REAL
67 25 x 0,2 = 5 x 365 = 1825 7 x 365  = 2.555

2.555 – 1825 = 730

62 

__________________________________________

¿ME PUEDO IR CON 59 AÑOS CUMPLIDOS  Y 35 COTIZADOS DE BOMBERO?

Si tienes 35 cotizados como bombero cuando cumplas 59 podrás irte, pero cuando cumplas ambas cosas, es decir, que aunque cumplas 59 no podrás irte hasta cumplir los 35 de bombero a lo largo de ese año. Ejemplo:

Cumples 59 en abril de 2025, y en diciembre de 2025 haces 35 años de bombero…te vas en diciembre de 2025 (ambas cosas deben cumplirse).

NTC SOBRE JUBILACIÓN ANTICIPADA PARA BOMBEROS

En la siguiente nota técnica nuestra asociación profesional nos proporciona toda la información al respecto, con más ejemplos y las tablas de cálculo rápido.

NTC-L4 COEFICIENTE REDUCTOR DE LA EDAD DE JUBILACIÓN PARA BOMBEROS. TABLAS DE CÁLCULO


En resumen, en estos momentos no está garantizado jubilarte a los 60 años, y depende de tus circunstancias personales. El Gobierno lo cambió para todos y por supuesto que nos afecta en igual medida que al resto de trabajadores.

Me consta que muchos bomberos todavía no lo saben y se pueden llevar una pequeña sorpresa, así que haríais bien en difundir esta información…


Aquí tienes la segunda parte de esta entrada…

LO QUE QUIZÁ NO SEPAS DE NUESTRA JUBILACIÓN


110 comentarios

  1. Fernando dice:

    Me gustaría saber en que fecha en concreto me podría jubilar Mis datos son el 12 de Enero de 2022 cumpliría 60 años y a esa fecha tendría cotizados en total 34 años y 10 meses y como bombero 29 años y 8 meses

    • Bombero13 dice:

      Con el periodo de cotización total que tienes (34 y 10 meses) tu jubilación ordinaria te correspondería a los 66 años y 2 meses. Al cumplir 60 puedes descontarte 29×0.2×365 = 2.117 días, por tanto, si descontamos esos días a los 66 y 2 meses te podrás prejubilar a los 60 años y 3 meses aproximadamente.

  2. Un bombero con esas edades no se puede trabajar correctamente

    • Gerardo Martin dice:

      Buenas, cumplo 60 años en octubre, tengo 32 años cotizados, de ellos 27 y 5 meses como bombero, que requisitos tendría que cumplir para que me quedara el 100% de la pensión?, tendría que tener los 35 años cotizados? Un saludo y gracias

  3. Juan de la Rosa Mejías dice:

    Hola, hoy cumplo 60 años, tengo
    Cotizados 32 años y 4 meses, de ellos 28 años y 5 meses de bombero. Me dicen en la seguridad social que mi jubilación ordinaria sería a los 65 y nueve meses y que solamente me tienen en cuenta lo cotizado como bombero. Eso es correcto?, me dicen que me jubilo en octubre. Viendo lasla tablas, no lo veo tan claro, les agradecería si me dijeran algo. Gracias

    • Bombero13 dice:

      Hola, según lo que te han comentado, tras tu cumpleaños te quedarían 2135 días para cumplir los 65 y 9 meses (porque te habrán contando los días sueltos de los meses de 31 días, no hacen la cuenta con meses de 30 días). Si aplicamos el coeficiente reductor de tus 28 años de bombero, te puedes deducir 2044 días, con lo cual deberías continuar 91 días después de tu cumpleaños. Eso nos sitúa aproximadamente a finales de octubre.
      Espero haberte ayudado, un saludo.

  4. Antonio dice:

    Hola, me he descargado la Nota Técnica L4 y en el apartado 1 del Detalle de Funcionamiento, pone textualmente: “Y debes estar en
    activo en el momento de solicitarlo”.
    Es decir si yo ya no estoy en activo como bombero, aunque lo he estado durante 25 años, sinó que ahora estoy de alta en la seguridad social trabajando de otra cosa. ¿Me podré aplicar el coeficiente para jubilarme anticipadamente?
    Muchas gracias
    Un cordial saludo

    • Bombero13 dice:

      Hola, viene reflejado en el art. 5 del RD 383/2008 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-5987
      Siempre que estés de alta como bombero en el momento de alcanzar la edad de jubilación voluntaria, aunque hayas cambiado de actividad, se te aplicarán los años completos como bombero a la hora de reducirte la edad de jubilación. Podrás mirarlo con 59 si cumples los requisitos de 35 años como bombero, o a partir de los 60 con menos años como bombero, y sabrás qué reducción te corresponde.

      • Antonio dice:

        Muchas gracias Bombero 13, aclarado!

        • Juan José dice:

          Tengo dudas. Estoy de alta como.bombero. llevo 31 .pero tuve una interrupción de una año. O sea fui pensionista. Pero me volví a incorporar de eso hace 5 solamente. Todo lo anterior no cuenta para la reducción

          • Bombero13 dice:

            A día de hoy desconozco cuál es el criterio de aplicación de las interrupciones de la actividad respecto de bomberos. Sé que hasta ahora el criterio que se aplicaba a otros colectivos es unir ambos periodos en uno, no teniendo en cuenta esa interrupción debido a excedencias u otras causas, pero no tengo ningún documento que lo haga extensivo a bomberos, ni tampoco sé de ningún caso en el que hayan aplicado lo que dices a rajatabla a nosotros. Ojalá tuviera una respuesta más concreta. Saludos.

  5. Juan Antonio dice:

    Hola cumplo 60 años 15 julio 2020 como bombero 29 años de servicio y cotizado a la seguridad social en total 37 años y tres meses cuando me puedo jubilar el 100x 100 ? Gracias.

    • Bombero13 dice:

      Por lo que dices, puedes jubilarte a partir del 15 de julio de 2020 con 60 años. Los requisitos son: haber cotizado 37 años o más para que te corresponda irte con 65, (lo cumples) y con 29 años no tendrías que quedarte más tiempo, ya que te restarías los 5 años que te quedan hasta los 65. Un saludo

  6. Luis dice:

    Hola cumplo 60 años el 4-3-2024 y el 23-3-2024 31 años como bombero y en total 32 años cotizados a la seguridad social, cuando me puedo jubilar.Gracias y un saludo.

  7. Javi dice:

    Hola, cumplo 60 años el 3-2-20 y el 1-2-20 llevo 36 años cotizados de los cuales 31 como Bombero. Cuando me puedo jubilar. Gracias. Saludos.

    • Bombero13 dice:

      Hola, tu edad de jubilación son los 65 y 10 meses (2.125 días más allá de los 60), pero al llevar 31 años de bombero puedes descontarte 2.263 días. Así que podrás jubilarte justo con 60 años cumplidos.
      Un saludo

  8. Manuel lirio dice:

    Cumplo 60 el febrero del 2021 con 39 años cotizados y 20 de bombero,cuando me corresponde jubilarme.

    • Bombero13 dice:

      Así a bote pronto parece que con 61 ya que tu edad ordinaria serían los 65 (por tener 39 cotizados en total) y sólo te puedes descontar 4 años (20 x 0,2 = 4)

  9. Audino Peri Torre dice:

    Hola cumplo 60 años el 12 -5-2023 con 32 años totales trabajados de los cuales 29 como bombero. cuando me podria jubilar para cobrar el 100 por 100. Muchas gracias

    • Bombero13 dice:

      Para tener derecho a jubilarse con 65 en 2023 has de tener mínimo 37 años y 9 meses cotizados en total. Si no cumples ese requisito, como es tu caso, tu jubilación sería a los 66 y 4 meses.
      Si para la fecha en que cumples 60 tienes 29 años de bombero te puedes descontar 2.117 días a esos 66 años y 4 meses (2.310 días). Por tanto 2.310 – 2.117 = nos da que te tendrás que quedar 193 días, es decir, te jubilas aproximadamente (día arriba, día abajo) con 60 años y 6,5 meses. Un saludo

  10. Oier dice:

    Hola trabaje 2 años en la rioja de interino y ahora 30 en el aiuntamentu de Bilbao me cuentas esos 2 años para el coefficiente reductor?

  11. Fernando dice:

    ¿Qué requisitos exigen para cobrar el 100% de la pension de jubilación al jubilarse en la fecha en que corresponda después de haber aplicado el coeficiente reductor por bombero y jubilarse en dicha fecha? ¿Al jubilarse como bombero se cobra siempre el 100% de la base de cotización?

    • Bombero13 dice:

      La cuestión es que lo nuestro no es una jubilación “anticipada” en el sentido jurídico, sino una jubilación ordinaria “bonificada”. Te vas antes sin tener que hacer un ajuste en el sueldo porque previamente has sobrecotizado para ello. En la práctica es como si te fueses a los 65 o 67, pero unos años antes, es decir, que siempre que te puedas ir cobras lo mismo que te correspondería al jubilarte a la edad ordinaria. Un saludo.

  12. José Córdoba Lara dice:

    Hola, cumplo 60 años el 31-5-2.020. Llevare cotizados 36 años 2 meses y 28 días. Como bombero de AENA (aeropuertos nacionales) 31 años y 8 meses. ¿ cuando me puedo jubilar?. Gracias.

    • Bombero13 dice:

      Hola Jose, al no llevar 37 cotizados en total, tu edad de jubilación ordinaria son los 65 años y 10 meses. Si aplicamos el coeficiente reductor de 31 años como bombero a 65 años y 10 meses años, nos da 6,2 años de reducción, es decir, que te puedes ir perfectamente con 60 recién cumplidos. Un saludo.

  13. Roque dice:

    Hola,cumplo 61 años en Mayo 2021,con 37 años y 6 meses cotizados en total.De los cuales 17 años trabajando como bombero forestal en la administración de la comunidad valenciana.
    Qué edad me corresponde para poder jubilarme.
    Gracias

    • Bombero13 dice:

      Posiblemente te correspondan los 65 años, aunque podrías prejubilarte en tu caso con 63 perdiendo un porcentaje anual de la pensión, ya que no es de aplicación nuestro RD 383/2008 de jubilación bonificada, ya que sólo incluye bomberos de las administraciones públicas. Un saludo.

      • Roque dice:

        Soy Roque,en la pregunta anterior que he formulado,decir que los años cotizados son 37 en total.De los cuales 24 años de bombero forestal.En el certificado profesional si que especifica que si estoy contratado en una sociedad publica instrumental
        dependiente de la Generalitat .Por lo que entiendo que si debería aplicarse en mi caso la bonificación.
        Me gustaría que sacaras de dudas.
        Gracias.

        • Bombero13 dice:

          A ver, el Real decreto de jubilación únicamente se aplica a BOMBEROS de las Administraciones públicas, es decir, empleados públicos, 96% funcionarios de carrera que acceden por oposición y que se rigen por el EBEP, no se aplica a ningún otro personal de sociedades mercantiles, ni otros trabajadores del sector, aunque sus empresas estén participadas financieramente por la Generalitat, ya que no se trata de empleados públicos y se rigen por el derecho privado en su contratación y funcionamiento, a excepción del control presupuestario. Vosotros no sois “bomberos de las administraciones públicas”, sino Bombers Forestals de una sociedad mercantil que no es una empresa pública sino de derecho privado, por tanto, no sois empleados públicos, y no podéis quitaros el apellido “forestal” al igual que un arquitecto técnico no puede quitarse el apellido “técnico” a la hora de ejercer sus derechos laborales, ya que arquitecto no es por mucho que su denominación comience por esa palabra. Es decir, el derecho no se genera por cambiarse uno el nombre, sino que implica todo un cambio conceptual, ya que se empieza por acceder por oposición a una Administración pública que oferte plazas de bombero sujetas a ofertas de empleo público incluidas en su RPT, publicadas en el BOE, en el BOP y que cumplan con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. De esos requisitos no cumplís absolutamente ninguno. Las sociedades mercantiles son empresas de derecho privado en la que las Administraciones públicas ponen dinero, pero que no vincula a sus trabajadores con ellas de forma directa. Los trabajadores son empleados de la sociedad mercantil, no de la Generalitat, y no tienen derecho a ser considerados empleados públicos.
          Para salir de dudas totalmente pregunta a tu empresa. Un saludo

  14. José Joaquín López dice:

    Hola, mí situación es la siguiente, estuve ejerciendo como bombero de un Ayuntamiento durante 17años completos. Por motivos de salud me concedieron una incapacidad permanente total para la profesión de bomberos. Posteriormente sigo trabajando en el mismo Ayuntamiento pero no de bombero (ya que me cesaron en el cargo por la incapacidad).
    Mi pregunta es si puedo aplicar el coeficiente reductor de esos años que ejerci como bombero. AGRADECERLE SU RESPUESTA DE ANTEMANO, SALUDOS.

  15. José Joaquín López dice:

    Creo que según el artículo 5, en su segunda parte lo deja claro,Artículo 5. Efectos del coeficiente reductor.
    Tanto la reducción de la edad como el cómputo, a efectos de cotización, del tiempo en que resulte reducida aquélla, que se establecen en los artículos anteriores, serán de aplicación a los bomberos que hayan permanecido en situación de alta por dicha actividad hasta la fecha en que se produzca el hecho causante de la pensión de jubilación.

    Asimismo, mantendrán el derecho a estos mismos beneficios quienes habiendo alcanzado la edad de acceso a la jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 2 cesen en su actividad como bombero pero permanezcan en alta por razón del desempeño de una actividad laboral diferente, cualquiera que sea el régimen de la Seguridad Social en el que por razón de ésta queden encuadrados.

    • Bombero13 dice:

      Siento decirte que si has cesado en la actividad y ocupas otra plaza distinta, y no has alcanzado la edad de jubilación bonificada que te corresponda, esos años de bombero no te cuentan a la hora de reducir la edad de jubilación. Un saludo

  16. José Joaquín López dice:

    Gracias por la contestación, solo comentar que en la Seguridad social he tenido dos versiones diferentes, una a favor y otra en contra.
    Reiteró las gracias. SALUDOS

  17. Jose Antonio dice:

    Buenas Noches,

    Quisiera hacerte dos preguntas:

    En Noviembre de 2021 cumplo 60 años, estoy trabajando como bombero, a esa fecha tendré cotizados 13509 días de los cuales 11592 son como bombero, 11592×0.2=2318,4 días cotizados como bombero
    1ª¿ puedo jubilarme a los 60 años?
    2ª ¿Con cuanto tiempo de antelación debo solicitar la jubilación anticipada en la empresa y en la seguridad social?

    Muchas gracias por anticipado

    • Bombero13 dice:

      Primera pregunta:
      1. 13509 días cotizados = 37 años cotizados
      2. 11592 como bombero = 31 años de bombero completos
      3. En 2021 tu edad de jubilación ordinaria con esos años cotizados será de 66 años.
      4. Para poder irte con 60 deberías poder descontarte 2190 días
      5. Los días que puedes descontarte son 2263
      Conclusión: Puedes irte con 60 perfectamente.
      Segunda pregunta:
      Yo de ti lo solicitaría con 6 meses de antelación como mínimo. Lo comunicaría a tu servicio, por si ellos se encargan, y si te dicen que lo hagas tú mismo, dirígete a la tesorería de la seguridad social.
      Un saludo.

  18. Jorge dice:

    Buenas, y gracias por tu dedicación a contestar las preguntas de los compañeros.
    el próximo enero de 2022 cumpliré los 59 años, con esta edad y desde que entre de bombero tendré cotizados 35 años y 7 meses de bombero.
    ¿ Podre Jubilarme con el 100% a los 59 ?

  19. Jorge dice:

    Buenas quería preguntarte
    En enero del 2022 cumpliré 59 años de edad y 35años y siete meses como bombero, ¿podre jubilarme con el 100% cuando cumpla los 59 años?
    Gracias un saludo.

    • Bombero13 dice:

      Hola, ¿tienes cotizados 37 años y 6 meses en total para esa fecha?
      Si no es así, si cumples ese requisito durante 2022, antes de cumplir los 60, te podrás ir. Es decir, si durante tus 59 años cumplieras con ese requisito de 37,5 años cotizados, podrás irte en ese momento. Si lo cumples el día de tu cumpleaños en enero, pues te podrás ir en ese momento. Hay compañeros que han cumplido ambos requisitos (35 de bombero completos + la cotización total) con 59 años y 8 meses de edad, o con 59 y 11 meses, y aunque técnicamente se han ido con 59, no ha sido el día de su cumpleaños.
      Si durante tus 59 no cumplieras con ambos requisitos, en 2023 la cotización total exigida son 37 años y 9 meses, y si no lo cumples con eso, tu edad de jubilación ordinaria serían los 66 y 4 meses. Como tú tendrías cotizados como bombero 36 años completos, podrás irte sí o sí en enero de 2023. Un saludo

      • Jose dice:

        Perdona quizá no lo esplique bien.
        Básicamente el 15 enero cumplo 59 años y ese día abre cotizado solo 35 años y 7 meses, todos como bombero. No tengo ninguna otra cotización pues entre con 23 años.
        Vamos que no tengo los 37 años 6 meses cotizados solo 35 y 7 meses.
        Por eso la duda como hasta ahora decían que te podías jubilar con 59 si habías cotizado 35 años.

        • Bombero13 dice:

          Aunque cumples con el requisito de los 35 cotizados como bombero para irte con 59, no tienes los 37,5 años cotizados. A fecha de 15 de enero de 2022 has generado el derecho a deducirte 2555 días. Tu edad de jubilación no serían los 65, sino los 66 y 2 meses, por lo que aún te quedarían 2628 días de trabajo por delante. Si a esos días que te quedan le restas los 2555 de reducción, verás que te toca quedarte 73 días. En otras palabras, creo que te podrías ir con 59 años y 2 meses y medio; sobre primeros de abril de 2022.
          Un saludo.

  20. Manuel l. dice:

    Para que sirve la sobrecotizacion de los bomberos,aparté de para la jubilación.Gracias

    • Bombero13 dice:

      Es exclusivamente para el coeficiente reductor de jubilación, por un lado reducir el periodo ordinario, por otro garantizar la cotización para el cálculo de la pensión en el momento de irte de forma anticipada.

  21. Antonio Sanchez dice:

    Buenas tardes,en Junio de 2021,cumpliré 60 años.para entonces llevaré 31 como bombero y 33 cotizados en total¿podrías decirme la fecha de mi jubilación?

    Gracias ,un saludo.

    Antonio.

    • Bombero13 dice:

      Hola, teniendo en cuenta lo que dices podrás irte con 60 años cumplidos. Te recomendaría que solicitases cuanto antes a la SS la fecha de jubilación (ya que faltan menos de 6 meses) y que a tu servicio se lo comuniques al menos con 2 meses de antelación para poder adelantar vacaciones y asuntos propios. Un saludo.

  22. José dice:

    Hola, en todos estos casos que se detallan se cobra el 100% aunque no se hayan cotizado los años exigidos para ello en otro trabajo?
    En 2025 harán falta 38 años y 3meses para cobrar el 100%. Con 31 años cotizados como bombero y sin llegar a esos 38 años y tres meses cotizados y reduciendo 2261días de 66 años y 8 meses te jubilas con el 100% ??? Gracias.

    • Bombero13 dice:

      Te jubilas con el 100%, el quid de la cuestión es cuándo te puedes acoger a la jubilación. No puedes reducirte % de pensión para irte antes, porque no es una jubilación anticipada al uso, sino una jubilación ordinaria bonificada. Eso significa que lo que varía es el cuándo, no el cómo. Un saludo.

  23. Pedro José Fajardo Prieto dice:

    Buenos días, no sé si esta web sigue en activo para hacer preguntas en torno a la jubilación.
    Mi pregunta sería, si el día que cumples la edad bien sea 59 ó 60, no cumples con los requisitos de cotización total, en mi caso particular 38 años y tres meses en 2026, directamente pasas de 65 a hacer el cálculo por 66 y 10 meses, independientemente de que te falte para ese cómputo total un día o un año?
    Espero haberme explicado bien, gracias de antemano por la respuesta. Saludos

    • Bombero13 dice:

      Si durante el año en el que tienes 59, a lo largo de esos 365 días, cumples con el requisito de edad y años como bombero, ese es tu día de jubilación. Es decir, imagina que cumples 59 en enero y cumples con los años totales de cotización para los 65, pero no los 35 de bombero necesarios, sin embargo, en noviembre haces los 35 de bombero. En ese momento, con 59 y 10 meses cumples ambos requisitos y entonces puedes irte con “59”.
      Sin embargo, si calculas tu jubilación a los 60 y en ese momento no cumples con el requisito de cotización para los 65, te lo calcularán en base a ese momento para la edad mínima de jubilación que te corresponda para ese año, es decir, 66 y 10 meses. Si ves que lo cumples todo en unos meses tras cumplir los 60, tendrías que hacer el cálculo para saber si merece la pena esperar unos meses para pedir la jubilación…

  24. José Antonio dice:

    Hola, Enhorabuena por la ayuda que prestais.
    Mi pregunta es la siguiente, si cuando llegue la hora de mi jubilación tengo 36 años y 6 meses en bomberos pero cuatro de ellos en lugar diferente, aunque también de bombero, me cuentan todos para la jubilación anticipada o sólo 32 y 6 meses?
    Gracias

  25. Salvador Portero Zapater dice:

    Hola en 31 de mayo de 2021 cumplo 60 años. Llevo 28 como bombero y 42 en total. Puedo jubilarme el dia 1 de junio?

    saludos y gracias

    Salvador Portero

    • Bombero13 dice:

      Hola Salvador, así es, cumples los requisitos para irte con 60 años cumplidos en este 2021. Te puedes descontar 5 años sobre 65.
      Un saludo

  26. José Martinez Delgado dice:

    He trabajado 7 años como bombero en aena,y por una operación de espalda tuve que pasar a otro puesto de trabajo.Si tengo un total de 37 años cotizados y cumplo el 21 agosto 2021 los 60 años cuando me puedo jubilar.
    Gracias y un saludo.

    • Bombero13 dice:

      Eso depende de si en el momento de la jubilación estás trabajando de bombero o no, si tu puesto es otro y así consta en la nómina y además no estás sobrecotizando para la jubilación, en tal caso no te podrías acoger a esta modalidad de jubilación y pasarías a la jubilación ordinaria aunque hayas trabajado 7 años de bombero en su día.
      Si sigues siendo bombero a todos los efectos, y tras tu adaptación sigues sobrecotizando para la jubilación como bombero en tu nómina, aunque tus funciones hayan sido adaptadas, puede que sí.
      Un saludo.

  27. José Martinez Delgado dice:

    Ahora estoy trabajando de agente terminal y sigo en aena,no me aplicarian el coeficiente reductor por años trabajado de bombero

    • Bombero13 dice:

      Si no estás sobrecotizando porque ocupas otro puesto de trabajo difícil lo veo que puedas irte porque fuiste bombero unos años, si en el momento de solicitar la jubilación no estás de alta como bombero. Consúltalo pero creo que en tu caso no puedes acogerte. Cuando tengas respuesta fehaciente de la Seguridad Social te agradecería que confirmases lo que te han argumentado. Gracias

  28. José Martinez Delgado dice:

    Perdona pero no soy muy entendido en esto,pero al ver el artículo 5 del decreto 383 del2008 que dice
    Asimismo,mantendrán el derecho a estos mismos beneficios quienes habiendo alcanzado la edad de acceso a la jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 2cesen en su actividad como bombero pero permanezca en alta por razón del desempeño de una actividad laboral diferente,cualquiera que sea el régimen de la s.social en el que por razón de este quede encuadrado
    Si mi jubilación ordinaria es a los 65 ,que me pudiera ir a los 64,ahora tengo60.
    Gracias y un abrazo bombero13

    • Bombero13 dice:

      Exacto, más allá de la jubilación voluntaria puedes cambiar de actividad y seguir cotizando sin perder el derecho a irte en cualquier momento. Lo que no puedes hacer es cambiar de actividad antes de generar el derecho, es decir, para cuando llegue tu edad de jubilación voluntaria tienes que estar dado de alta como bombero.

  29. Jose dice:

    Hola; gracias por tu dedicación. Soy de los que hace números pero se lían a lo bestia. Resumo:
    Cumplo 59 el 5 de octubre de 2025 con 35 años y 10 meses cotizados reales (sin bonificación) de bombero más un año cotizado en otro trabajo distinto. He calculado que la edad exigida de jubilación es de 66 y 8 meses. He calculado 2555 días de bonificación. Pero a partir de ahí ya no sé interpretar los cálculos porque el último párrafo del documento que elaboraste me confunde y estamos varios de mi servicio en ese caso. ¿Cuando me correspondería jubilarme?. Gracias por tu trabajo.

    • Bombero13 dice:

      Hola Jose, siempre hay que hacer el cálculo de los días de bonificación y deducirlos de la fecha de tu jubilación sean los 59 o los 60 la edad del hecho causante de solicitud. Si bien cumples requisitos de edad y cotización de bombero para los 59, no es así en cuanto a deducción de días ya que no cumples requisitos para irte con 65; eso significa que no puedes irte exactamente el día en que cumples 59 porque desde los 59 hasta los 66 y 8 meses no hay 7 años, sino 7 años y 8 meses. En este sentido, desde los 59 hasta los 66 y 8 meses hay 2795 días y tú únicamente puedes deducirte 2555, de forma que tu edad de jubilación serían los 59 y 240 días. Un saludo.

  30. Daniel dice:

    Me gustaría saber si el coeficiente reductor afecta a la hora de acceder al 75% de la base reguladora en caso de jubilación por Incapacidad Permanente Total.

    • Bombero13 dice:

      Hola, no te puedo responder con seguridad, pero creo que el coeficiente reductor tiene unos requisitos y no menciona su relación con la incapacidad que yo sepa

  31. Luis dice:

    Me llamo Luis y tengo una duda, en marzo del 2024 el día 5 hago 60 años y trabajados como bombero 30 años
    y 8 meses, así que el 5 de julio haré 31 años efectivos de bombero,mí pregunta es, que fecha es la de mí jubilación?Gracias y un saludo.

    • Bombero13 dice:

      depende de si en 2024 tienes 38 años cotizados en total o no, no es lo mismo restar a 65 años que a 66 y 6 meses.

  32. Luis dice:

    Con relación a la respuesta anterior, el total de años cotizados serían 31 años.Gracias

    • Bombero13 dice:

      La edad de jubilación ordinaria que te corresponde son los 66 y 6 meses. Teniendo en cuenta que a los 60 llevas 30 completos de bombero, puedes descontarte 6 años, te jubilarías a los 60 y 6 meses. Un saludo

  33. Luis dice:

    Perdona, pero no creo que sea del todo así, imaginate que hago 31 años efectivos de bombero el 6 de marzo y he cumplido 60 años el 5 de marzo, a 6 de marzo el coeficiente reductor sería 31×0,2=6,2. Digo yo no se si estoy en lo cierto?

  34. Manuel l. R. dice:

    Cumplo 61 años el 3de febrero del 22 con 21 anos de bombero,y 40 años totales de cotización,me puedo jubilar partir del 3 de febrero del 22.Gracias

    • Bombero13 dice:

      Así es, tu edad de jubilación ordinaria serían los 65, a lo que le has de restar 4,2 años, así que como has de cumplir 61 para aplicarlo y te quedarían sólo 4, te puedes ir a partir de esa fecha. Un saludo

  35. Jorge dice:

    Saludos
    Una pregunta
    El próximo 10 enero de 2022 cumpliré los 59 años, para esa fecha tendré cotizados 35 años y 7 meses de bombero. Al mismo tiempo para esa fecha tendré cotizado en total 38 años y 7 meses, pues estuve 3 años como profesional del ejercito (no mili, de mili hice aparte 2) y solicite a defensa el certificado de computo reciproco clases pasivas seguridad social (que ya dispongo).

    Por lo que me ha parecido entender creo que cumplo con mas de 35 años 7 meses de bombero y en total 38 años 7 meses cotizados.

    ¿Podre jubilarme entonces a partir del 10 de enero que es cuando cumplo los 59 años?

    • Bombero13 dice:

      Por lo que comentas sí que tienes derecho a irte en enero, efectivamente cumples todos los requisitos. Un saludo

  36. Jorge dice:

    Hola el 11 de mayo de 2023 cumplo 60 años y tendré cotizados 36 años y 8 meses en la SS y 23 años como bombero el 10 de junio de ese mismo año, cuando me correspondería jubilarme?
    Gracias por anticipado y saludos

  37. Fran dice:

    Si has trabajado 10 años de policia y 15 de bombero , tienes coeficiente reductor por policía o sólo por bombero? Un saludo

    • Bombero13 dice:

      Hola, te reconocerían ambos coeficientes reductores y sumarían el descuento de cada uno al total de tiempo a descontar. Un saludo

    • pedro dice:

      hola Fran soy pedro,bombero de cartagena,preguntarte si te han reconocido los coeficientes reductores de policia y bombero.
      yo he sido policia 17 años y soy actualmente bombero,he preguntao a la seguridad social de murcia my me dicen que no me tienen en cuenta los años de policia.yo llevare a los 60 19 de bombero y 17 de policia.

  38. Roberto dice:

    Saludos
    Mis datos son: en enero de 2023 tendré cotizados 37 años como bombero (no he cotizado con otra actividad) y en febrero 2023 cumplo 59 años. He estado haciendo los cálculos que muestran y me sale que puedo jubilarme en mi cumpleaños. Lo he hecho bien?

    • Bombero13 dice:

      Hola, tu edad de jubilación ordinaria serían los 66 y 4 meses. Cumples el requisito de los 35 años de bombero para poder irte a los 59, pero quizá no el requisito de los 37 años y 9 meses cotizados en total. En cualquier caso, como 37 años cotizados de bombero significan 2701 días de reducción, podrías irte con 59 perfectamente, ya que de los 59 a los 66 y 4 meses van 2675 días, por lo que todavía te sobrarían 26. Un saludo y espero haberte ayudado.

  39. Antonio dice:

    Buenas tardes,
    En mayo de este año hice 35 años de bombero y en diciembre cumpliré 59 años. Mi cotización general no alcanza el mínimo exigido para la jubilación ordinaria de 65 años ( a día de hoy tengo cotizados en general 36 años y 8 meses). Le agradecería que me dijera si puedo jubilarme con 59 años. Un saludo

    • Bombero13 dice:

      Hola Antonio, según lo establecido este año, si no tienes 37 años y 6 meses te jubilarías ordinariamente a los 66 y 2 meses, como es tu caso.
      Entonces, aplicaríamos el coeficiente reductor de 35 años completos sobre 2250 días. Tú te puedes deducir 2555, luego te puedes ir de sobra con 59 años. Un saludo.

  40. Sergi dice:

    Hola y muchas gracias por ayudarnos a todos los compañeros en un trámite tan importante ya que el INSS no nos lo pone nada fácil (a principios de año les pregunté en que fecha podía acceder a la jubilación bonificada y después de seis meses esperando me respondieron escuetamente que no me podía jubilar al cumplir los 60 años). Quisiera preguntarte si últimamente ha cambiado la manera de calcular nuestra jubilación.
    En mi caso ahora en diciembre de 2022 cumplo 60 años, tengo 36 años cotizados en total y 27 años completos trabajados de bombero. Siguiendo las tablas, y si he calculado bien, mi edad ordinaria de jubilación seria de 66 años y 2 meses y descontando los 27 años bonificados me sale una jubilación real en septiembre de 2023.
    Pues bien, en un gabinete de abogados me han hecho el cálculo y les sale que no me puedo jubilar hasta abril de 2024, porque dicen que ahora el coeficiente reductor no se aplica desde los 66 años y 2 meses, sino des de los 67 años porque el INSS lo calcula así.
    Por favor, ¿podrías darme tu opinión y aconsejarme qué harías en mi caso?
    Saludos y gracias infinitas.

  41. David dice:

    hola
    si tienes 6 años de policia local y cerca de 32 de bombero, y la cotizacion total necesaria en años, puedes solicitar jubilación a los 59.

  42. Antonio dice:

    Me gustaría saber la fecha de mi jubilación. Cumplo 60 años en 20/02/2024, llevo como bombero profesional desde 13/03/93 (30años) y cotizados a dia de hoy en total 36 años, 8 meses y 26 dias. Y 12 meses de mili)
    Tendría que esperar a cotizar 38 años o me jubilaría antes o después.
    Muchas gracias, gran trabajo compañeros.

    • Bombero13 dice:

      Hola, sólo te puedes deducir 2190 días (esto se calcula desde que cumples 60 en tu caso), y hasta los 66 y 6 meses; que sería tu jubilación ordinaria, quedarían 2370 días, por tanto tendrías que quedarte 180 días pasado tu cumpleaños. Un saludo

  43. JOSE ANTONIO dice:

    Buenas, ante todo gracias por tus aclaraciones.
    El 4 de mayo del 2024 cumplo 36 años como bombero y 59 años de edad..
    Me toca marchar el día de mi cumpleaños?..Muchas gracias

  44. Máximo dice:

    Buenas tardes
    Tengo 63 años y hace 2 años que solicité la baja jubilación pero nu pude hacer la solicitud oficial de en el ins por no poder presentarme en seguridad social por la pandemia
    Tuve el juicio y la sentencia de del juez es favorable para la seguridad social
    Alguien me puede alludar por favor
    García

  45. Joaquín
    Hola; cumplo los 60 años el 30/06/23 y para ese día llevaré 33 años de bombero y un total de cotización de 38 años y 9 meses.
    Tengo que trabajar mas tiempo o sera suficiente para marchar a los 60 años.
    Muchas gracias y un saludo

  46. Jose Ivan Trujillo Martin dice:

    Hola, mi pregunta es. Aparte de los 35 años como bombero.. ¿ hay que tener cotizados 38,5 años en total para poderme jubilar con 59?
    O solo con cumplir con los 35 años cotizados como bombero ya me puedo acoger a la jubilación con 59 años ?
    Ánimo para todos.

    • Bombero13 dice:

      En las tablas está explicado, los años totales sirven para saber la edad de jubilación que nos corresponde aplicar el coeficiente reductor. Puede ser los 65 o los 67. Si tienes 38,5 será 65 años. Lógicamente, si tienes 35 como bombero, pero no 38,5 en total, tu edad será los 67. A esos 67 debes descontarle los 7 años que has generado de coeficiente reductor (35*0.2=7), lo cual no te da 59…

  47. Carlos Coma dice:

    Buenos dias. El 6 de Octubre del 2023 cumplo 26 años como bombero. En la Seguridad Social consta como he cotizado 27 años , 4 meses y 26 dias. Tengo 60 años cumplidos en Febrero. En la SS me dicen que me faltan 6 años, 8 meses y 9 dias para mi jubilacion normal. Con el coeficiente de reduccion podria a los 62. Podria jubilarme ya? En su caso sabriais decirme que porcentaje de penalizacion tendria. Gracias

  48. Juan Antonio dice:

    Hola cumplo 60 años el 16 de junio tengo un total de 39 años trabajado y 33 años de bombero y me dice en la seguridad social que no puedo jubilarme hasta dentro de 2 años, que no cumplo los requisitos me podéis ayudar a calcular porfavor. gracias.

  49. Rodri dice:

    Hola, en diciembre de 2024 cumplo 60 años, con 32 años completos de bombero (2336 días de bonificación entiendo) y una cotización total de 37 años y 6 meses.
    ¿ Me podría jubilar al cumplir los 60, o debería permanecer mas tiempo ?

  50. Darío Rguez dice:

    Buenas noches, el 4 de diciembre de 2024 cumplo 60 años. Tendré en esa fecha 32 años completos como bombero y una cotización total a los 60 años, de 37 años y 7 meses. La tabla me dice que debo alcanzar 2370 días ( 66 años y 6 meses) y tengo una bonificación de 2336 (32 años) . Si estoy en lo cierto, ¿debería trabajar 34 días más una vez cumplidos los 60 ? 2370-2336 = 34.
    Espero vuestra respuesta. Muchas gracias

  51. Rafal M dice:

    Buenas noches, he trabajado de bombero 20 años, ahora estoy en una incapacidad total, se que no voy a poder hacer uso del coeficiente reductor por no estar activo como bombero a la hora de jubilarme. Mi pregunta es la siguiente: ¿Todo el dinero que he estado pagando a la seguridad social (pago adicional para el coeficiente reductor), si no me aplican el coeficiente reductor, me lo añaden como años cotizados extras, o me devuelven la cuantias abonadas?
    Muchas gracias.

    Un saludo.

    • Bombero13 dice:

      Hola rafael, desconozco si se hace algún abono al respecto, aunque me parece que es un derecho que se va generando y que sólo se puede ejecutar como reducción de tiempo, ya que no se reconocen las cotizaciones adicionales en ningún momento como un derecho adquirido que, en caso de no acogerte a dicha jubilación bonificada y jubilarte a los 65 o 67, se te devuelva dinero alguno. Es decir, si a ti te devolvieran dinero por no poder acogerte a dicha jubilación, deberían devolvérselo también a todos aquellos que no se acogieron a la jubilación de forma anticipada y se jubilaron a la edad ordinaria ya que igualmente han sobrecotizado y no han utilizado dicho sobrecoste. Como digo, ese asunto no está regulado me parece a mí. Un saludo.

Responder a Roque Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *