Exceso de celo y cumplimiento del deber…
Comencemos por las definiciones pertinentes:
Exceso de celo: Según la RAE es la acción de sobrepasar los límites que se consideran razonables.
Cumplimiento del deber: El Código Penal contempla una circunstancia eximente en el siguiente supuesto: “el que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo” . Es decir, si el sujeto actúa, impulsado por ese cumplimiento del deber, la eximente supone una protección proporcionada al agente que actúe con el objeto de ejercer sus funciones públicas.
Ahora vamos a describir una situación:
- Se declara un incendio de un edificio, por ejemplo en Oviedo
- No disponemos de procedimientos de trabajo oficialmente aprobados para casi ningún tipo de intervención, por tanto, no disponemos tampoco de procedimiento de trabajo en incendios de edificios con vehículos de altura
- Algunos bomberos se incorporan al incendio, porque no es suficiente con los efectivos de guardia
- Nos encontramos con ciertos problemas de suministro de caudales y se ha de trabajar con limitaciones extintoras, por lo que se prolongan algo más las labores de extinción
- Estamos actuando 5 horas en dicho incendio, formamos parte de la dotación de la cesta de un vehículo de altura, estamos agotados y nadie nos releva
- Se personan en el lugar técnicos municipales (arquitectos) y hasta el propio alcalde
- Los mandos nos dicen por radio que hay que apagar un fuego localizado en la última planta, en el nivel donde nos encontramos
- No contamos con sistema de sujeción certificado para anclarnos y salir de la cesta, tampoco de procedimiento oficial sobre cómo hacerlo
- Para llegar al lugar de trabajo es imposible si seguimos anclados mediante el cabo de sujeción a la cesta, el cual nos permite trabajar con seguridad desde dentro de la misma
- Las comunicaciones no funcionan adecuadamente durante el incendio. Además de fallar constantemente la comunicación, no existe un protocolo de comunicaciones oficial y los equipos de trabajo, central y jefaturas no logran una comunicación eficaz
- Dadas las instrucciones recibidas, el déficit de comunicación efectiva, la confianza en las autoridades, técnicos y mandos presentes en el lugar, y la imposibilidad de acceder desde la cesta, decidimos de forma transitoria adoptar una posición de trabajo fuera de ella, en un lugar que nos permita acceder al foco del incendio, y así cumplir con la misión asignada
- El edificio colapsa, uno de nosotros sobrevive, el otro (uno de los que se incorporó al incendio en su día libre) fallece en acto de servicio

http://www.eldiariomontanes.es
¿En qué momento del relato habéis detectado el exceso de celo? ¿En el punto 3 quizá?
¿Es o no es el punto 11 una expresión fidedigna del concepto de “cumplimiento del deber”?
Ahora veamos dos posibles escenarios tras este suceso:
-
El Ayuntamiento condecora al bombero fallecido en acto de servicio. Da una indemnización a la familia, proporciona ayuda para gestionar el cobro del seguro de vida y cuantas gestiones necesite. Además, se pone manos a la obra y crea una comisión de trabajo para poner fin a las carencias operativas del servicio.
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El Ayuntamiento condecora al bombero fallecido, pero tacha su acción de “exceso de celo”, niega cualquier tipo de indemnización a la familia y abandona por completo a su suerte a la misma, la justicia apoya el interés corporativo poniendo en riesgo incluso la indemnización recibida por el seguro de vida. El Servicio da por hecho que el servicio funciona de forma correcta, y continúan las carencias operativas del servicio que los propios profesionales detectan desde hace años.
Teniendo en cuenta que estamos en la Unión Europea, en pleno S.XXI y que nos situamos en una ciudad histórica, con un ingente patrimonio cultural, capital del Principado de los Reyes de España…
¿Cuál de los dos escenarios creéis que ha ocurrido en realidad?
Pues eso, que no lo entiende nadie, ni al ayuntamiento, ni a aquellos que redactaron el informe pericial, ni a la jueza que ha archivado la causa…
Lo que sí se entiende perfectamente es la tremenda injusticia que supone darle una patada en el culo a un profesional que ha dado su vida en el cumplimiento del deber, y a su familia con él.
Y es que, en este mundo variopinto y fascinado por el lucro, cuando se trata de dinero, todos son de la misma religión (Voltaire)
HOY SE VA UN BOMBERO VETERANO
HOY SE VA UN HERMANO
HOY SE VA UNO DE LOS NUESTROS
D.E.P. ELOY
MANIFESTACIÓN EL DÍA 3 DE ABRIL EN OVIEDO
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6 comentarios
Es una situación triste y lamentable. La Administración debería estar a la altura de las circunstancias y tener claro, por pura lógica en aplicación del sentido común, que ese Profesional ha dado su vida en el cumplimiento del deber. Cuando estás en una situación límite en una profesión de riesgo como es la de bombero y/o la de policía, como otras muchas, hay “sentido y obligación del deber” de hacer. No existe “exceso de celo” y menos en esta situación . Evidentemente, quien opina o hace de argumento válido del aquí mal esgrimido “exceso de celo”, es evidente que no sabe lo que es el riesgo profesional contraído por que, sencillamente, su posición y exposición la fórmula desde el asiento, de manera crítica e incluso diría que torticera, al margen de la realidad. Pensar o considerar lo contrario, es negar la evidencia de la razón de ser de las cosas. La ley natural profesional del bombero es apagar el fuego. Esgrimir en y para el caso de los bomberos el aquí mal llamado y aplicado “exceso de celo” supone decir que el bombero no tiene que correr riesgos innecesarios cuando nada hay escrito ni resuelto sobre lo que es o en dónde está el límite, y ello lo es, sencillamente, por que el riesgo es intangible, y en un incendio, es fácil de suponer, varía la situación en milésimas de segundo hasta el punto que hay momentos en el que la situación sobrepasa a la posible reacción. Hay términos en determinadas profesiones, como el caso del bombero, que no tienen cabida sencillamente por que, y es volver sobre lo mismo, la situación de riesgo del concreto momento, no tiene unidad de medida. Por otra parte, considero que por encima de todo está la dignidad personal y profesional tanto de la persona que triste y lamentablemente ha dejado su vida en el cumplimiento del deber, como la de su Familia,
e incluso la de sus Compañeros y Amigos , y tratar el asunto como exceso de celo supone,
pasiones aparte, cuando menos una situación de agravio que, sin conocer a la Persona a cuya Familia le presento mi respeto y consideración por tan abnegada entrega tal es el cumplimiento del deber con su propia vida, seguro que daña su incuestionable orgullo profesional bien entendido. Gracias!!!!!. como ciudadano por haber dado la vida en el cumplimiento del deber.
Eres un crack Angel, que honor tenerte como amigo. Tienes toda la razón.
Que pena de país, hasta dónde hemos llegado. Lamentable, en estados unidos habrían rendido honores.
Reconociendo el
alto sentido de responsabilidad, gran amor, sacrificio y valentía que muestra
para salvaguardar la vida y los bienes de la Ciudadanía.
Tan lamentable como esta muerte, es que el Sindicato no haya tenido preocupación suficiente como para que los bomberos puedan operar con seguridad.
Y para corregir esa realidad, el sindicato ha tenido unos 40 años.
Esto me ha recordado a la desgracia que ocurrió en Israel (aunque fue mucho peor, Carmel Disaster), tras la cual los políticos del país decidieron eliminar por completo el modelo municipal de bomberos (similar al español, con servicios atomizados, totalmente desconectados unos de otros, y la profesión sin regulación alguna a nivel estatal), y aprobaron una ley mediante la cual pasaron de golpe a formar un Cuerpo Nacional de Bomberos totalmente regulado y homogéneo, como el de policía. Pena que no se vean cosas así en España.
Muy bien explicado!!
Había leído cosas, pero este artículo realmente explica lo que nos podría pasar a cualquiera.
Y cómo han hecho que las miserias operativas se conviertan al final en culpa para la víctima. No hay derecho!!